Al verificar la conformidad de las leyes y reglamentos el auditor debe diseñar acciones de revisión que ofrezcan la garantía razonable de que se detecten errores, irregularidades o actos ilícitos que pudieran repercutir substancialmente sobre los valores que figuran en los estados financieros.
La auditoria de regularidad (financiera) constituye un aspecto esencial de la fiscalización pública, por cuanto uno de los objetivos que se persigue es el de velar por la integridad y validez del presupuesto y las cuentas públicas. En virtud de ello, tanto el Parlamento como las autoridades destinatarias de los informes de auditoria están en condiciones de constatar con certeza la magnitud y evolución de las obligaciones financieras del Estado.
Para tal fin, se precisa que las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) procedan a examinar las cuentas y los estados financieros de la administración con el objeto de asegurar que las operaciones han sido debidamente contraídas, ordenadas, liquidadas y registradas ; concluyendo ordinariamente con una “aprobación”, en el caso de no detectar irregularidad.
Del mismo modo en las auditorias de alcance amplio se plantea la conveniencia de evaluar la conformidad de las leyes y reglamentos vigentes, para lo cual el auditor gubernamental está obligado a diseñar la auditoria de manera que ofrezca una garantía razonable de que se detecten actos ilícitos que pudieran afectar sus resultados.
En estos casos, sin restringir la independencia de la EFS, el auditor debe ejercer la debida diligencia y prudencia profesional al difundir las acciones y procedimientos de auditoria relativos a actos ilícitos, de modo que no se interfiera en posibles procedimientos legales.
Algunas prácticas que incrementan el riesgo de fraude en el Estado
1. Omisión de documentos.
2. Simulación contable.
3. Apertura de cuentas sin autorización.
4. Multiplicidad de cuentas a nombre de terceros.
5. Clonación de cuentas.
6. Encubrimiento de ingresos.
7. Endeudamiento ficticio.
8. Manipulación de contratos .
9. Utilización de cuentas cifradas.
10. Manipulación de la edad de los bienes.
11. Peculado.
12. Usurpación de identidades.
13. Utilización de testaferros
14. Lavado de dinero mediante contratos.
15. Asignación de bienes en confianza.
16. Maquillaje tributario.
17. Cadenas políticas.
18. Personas ficticias.
19. Encubrimiento bancario por movimiento.
20. Fondo negro (utilización de cuentas corrientes legítimas de terceros).
21. Ocultamiento de pérdidas .
22. Subvalorización de bienes.
23. Mercado clandestino de títulos valores.
24. Participaciones familiares y venta entre vinculados.
Posteado por: Luis Fernando Chacon
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